¿Tu instalación fotovoltaica está sin legalizar?
Los paneles ya están en el tejado, pero falta el papeleo. Sin legalizar no puedes compensar excedentes ni recibir el abono mensual de la comercializadora.
Legalizaciones eléctricas y fotovoltaicas
Nos encargamos de todo: Boletín de Baja Tensión, memoria técnica, proyecto eléctrico, legalización de autoconsumo fotovoltaico y trámites con Industria y la compañía distribuidora. Tú solo enciendes el cuadro.
¿Te suena familiar?
Si tu respuesta es sí a cualquiera de ellas, podemos resolverlo en días, no en meses. Sin papeleo para ti, sin sorpresas en la factura.
Los paneles ya están en el tejado, pero falta el papeleo. Sin legalizar no puedes compensar excedentes ni recibir el abono mensual de la comercializadora.
Vivienda nueva, reformada o local sin CIE. Sin boletín, la distribuidora no te dará de alta el suministro y tampoco podrás cambiar de comercializadora.
La compañía te pide un nuevo boletín y posibles modificaciones en la instalación. Te decimos exactamente qué hace falta y lo tramitamos por ti.
Primera consulta sin compromiso · Respuesta en 24 h
Lo que hacemos
Tramitamos toda la documentación técnica y administrativa para que tu instalación esté legalizada y operativa cuanto antes. Trabajamos con particulares, empresas e instaladores.
Emisión y registro del Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) ante Industria. Viviendas, locales, naves y obra nueva. Tramitación 100% telemática.
Pedir informaciónAutoconsumo individual y colectivo: memoria técnica, registro RAIPRE, contrato de compensación de excedentes y alta de la instalación con la distribuidora.
Pedir informaciónRedacción de memoria técnica de diseño (MTD) o proyecto eléctrico firmado por técnico competente, según la potencia y tipo de instalación (REBT/ITC).
Pedir informaciónGestión completa ante el organismo competente, alta de suministro, contratación con la comercializadora e inspección por OCA cuando sea obligatoria.
Pedir informaciónPreguntas frecuentes
Las preguntas que más nos hacen sobre legalización eléctrica, boletín de baja tensión y autoconsumo fotovoltaico.
El Boletín de Baja Tensión —oficialmente Certificado de Instalación Eléctrica (CIE)— acredita que una instalación cumple el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y es segura. Es obligatorio para dar de alta el suministro eléctrico, cambiar de comercializadora, ampliar potencia o tras una reforma que afecte al cuadro o a los circuitos.
Sí. Aunque los paneles ya estén montados, tramitamos la legalización completa: memoria técnica de diseño, registro RAIPRE, contrato de compensación de excedentes y alta con la distribuidora. Es muy frecuente y no requiere desmontar nada, salvo que la instalación incumpla el REBT.
Un boletín de baja tensión estándar suele resolverse en 5 a 15 días hábiles desde que recibimos la documentación. La legalización de una instalación de autoconsumo fotovoltaico se cierra en 4 a 8 semanas, según los plazos de Industria y la distribuidora.
Depende de la potencia y del tipo de local. La memoria técnica de diseño (MTD) cubre la mayoría de viviendas y locales hasta 10 kW. Locales de pública concurrencia, naves industriales o instalaciones complejas requieren proyecto eléctrico firmado por técnico competente. Lo verificamos antes de empezar el trámite.
El precio depende de la potencia, la complejidad y de si hace falta memoria o proyecto. Te damos un presupuesto cerrado y sin sorpresas en 24 horas tras revisar tu caso. La primera consulta es gratuita y sin compromiso.
La distribuidora exige normalmente un nuevo Boletín de Baja Tensión que acredite que la instalación soporta la nueva potencia. A veces requiere modificaciones en el cuadro o en la línea. Hacemos el diagnóstico, las modificaciones necesarias y el nuevo boletín.
Contacto
Cuéntanos brevemente tu caso y te respondemos en menos de 24 horas con un presupuesto cerrado, sin compromiso.